Ley 14/2018, de 5 junio, de gestión, modernización y promoción de las áreas industriales de la Comunitat Valenciana.
1. Naturaleza pública de la EGM y exigencia de transparencia.
El artículo 4 define a la EGM como una agrupación de base privada pero con finalidad pública, encargada de funciones públicas municipales
Argumento: Dado su carácter público-privado, las EGMs deben aplicar principios de transparencia propios de la gestión pública, incluyendo informar sobre quiénes la integran.
2. Obligación de publicación de la información relevante
Según el artículo 1, la ley tiene como objetivo mejorar la gestión y competitividad de los polígonos . El artículo 5, apartado 5, establece la necesidad de publicar en su web el régimen de contribuciones
Argumento: Si hay obligación de difundir cómo se financia la entidad, también lo debe haber para mostrar quiénes contribuyen —es decir, las empresas integrantes— para garantizar una relación transparente entre financiación y gobernanza.
3. Transmisión de obligaciones en las sucesiones de propiedades
El artículo 5 indica que, en las transmisiones inmobiliarias se debe informar si el transmitente “se halla al corriente de obligaciones” .
Argumento: Esta transparencia exige un registro claro de los titulares/empresas integrantes, para asegurar que terceros comprenden su condición en la EGM.
4. El artículo 13. Publicidad y registro.
En su apartado 5 dice «Para garantizar la transparencia, el EGM publicará en su portal electrónico los presupuestos anuales de la entidad, la memoria anual de actividades así como el programa anual de inversiones que la asamblea del EGM apruebe anualmente, sin perjuicio de que el reglamento amplíe estas obligaciones.»
Argumento: Publicar el listado de empresas en la web de la EGM es coherente con el mandato legal de transparencia que ya obliga a publicar los presupuestos y memorias.Dado que las cuotas son dichos integrantes son quienes financian en gran medida la EGM.
5. Fomento de la participación y confianza empresarial
La Ley 14/2018 persigue fomentar la colaboración público-privada (art. 3 y título preliminar)
Argumento: Mostrar el listado en la web:
- Refuerza la legitimidad interna y externa de la entidad.
- Permite que empresas del entorno se sientan representadas.
- Facilita la participación al saber quiénes ya participan.
- Genera una imagen de cooperación real con las administraciones públicas.
La Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
6. Artículo 3. Sujetos obligados
Están sujetos a las obligaciones de esta ley:
b) Las entidades privadas que perciban, durante el periodo de un año, ayudas o subvenciones públicas en una cuantía superior a 100.000 euros o cuando al menos el 40 % de sus ingresos anuales tengan carácter de ayuda o subvención pública.
Artículo 6. Información institucional, organizativa y de planificación
Los sujetos obligados deberán hacer pública:
a) Las funciones que desarrollan, la normativa que les sea aplicable, y su estructura organizativa.
Argumento: Las EGMs pueden recibir ayudas públicas importantes, por lo que están sujetas a las obligaciones de transparencia de esta ley. El listado de empresas que integran la entidad forma parte de su estructura organizativa básica.
7. De la misma ley,Artículo 5. Publicidad activa
Las entidades obligadas deben publicar por iniciativa propia, de forma periódica y actualizada, información cuyo conocimiento sea relevante para garantizar la transparencia de su actividad.
Argumento: Saber quién integra una entidad que gestiona servicios públicos y recibe financiación pública es fundamental para el control democrático y ciudadano.
Una EGM, como entidad de base privada que ejerce funciones de interés público y recibe financiación pública, está sujeta a las obligaciones de la Ley 19/2013.
Por tanto, debe publicar en su página web el listado de empresas que la integran como parte de su estructura organizativa, en cumplimiento del principio de publicidad activa y del derecho de la ciudadanía a conocer quién decide y financia la gestión del área industrial.